Archivos

Cláusula de rescisión

El 31 de agosto es día de faxes (sí, aún se usan los faxes), llamadas telefónicas entre agentes, futbolistas, directivos y periodistas. Es una noche de alegría o de decepción para los aficionados. Esta temporada, tanto en Inglaterra como en Italia, han tenido la maravillosa idea de no joder las guías de la Liga o los álbumes de cromos, y cerrar el mercado de fichajes antes del inicio del campeonato. En España no. Por supuesto que no. La Liga comenzó el 17 de agosto, pero las plantillas no se han cerrado hasta dos semanas más tarde.

Más allá de un sin sentido que esperemos que tenga pronta solución, la particularidad del mercado de transacción de futbolistas en España es la existencia de las cláusulas de rescisión. Es una figura jurídica única en el mundo y derogarla implicaría un acuerdo parlamentario. Son efectivas por el Real Decreto 1006/1985 y su origen está en la protección de los derechos del deportista y de los clubes.

Hasta 1985 existía el derecho de retención, que `grosso modo´ imposibilitaba que un futbolista abandonase un club si este no se lo permitía y si era capaz de igualar el salario que le ofrecía un tercero. Realmente siempre que lo aumentase un 10% le era permitido. El truco estaba en que cuando el chaval tenía 17 o 18 años firmaba un contrato ridículo por lo que por mucho que aumentase un 10% el salario, la soldada nunca iba a ser muy elevada. La promulgación del Real Decreto 1006/1985 daba, más que protección, una poderosa arma a los futbolistas para cambiar de aires con mayor facilidad y poder ascender en la escalera social del fútbol. Desde 1985, los clubes más poderosos pueden tirar de chequera y saltarse cualquier negociación impidiendo que los equipos pequeños retengan a un futbolista en contra de sus deseos.

Si bien pensamos que es el club comprador el que abona la cantidad marcada en la cláusula de rescisión, quien debe afrontar el pago es el futbolista que está comprando su “liberación”. Sin embargo, aunque el jugador es el que abona la transferencia, obviamente el club comprador es el que está asumiendo el coste.

La única liga de fútbol importante donde hay un sistema legal similar es Brasil. También en China, liga menor pero con un volumen creciente de estrellas y de dinero, el sistema es parecido, aunque sujeto a condiciones estatales impuestas por el Politburó del Partido Comunista. Lo mismo sucedía hasta 1989 en todos los países de la órbita de la URSS.

A nivel mundial, la FIFA sólo permite establecer el precio de venta de un jugador cuando un futbolista lleva 3 o más temporadas en un mismo equipo y firmó el contrato antes de los 28 años. Si supera esa edad, el listón se baja a 2 temporadas, pero siempre y cuando sea la primera firma y no haya rubricado ninguna renovación o modificación contractual. Para los demás supuestos a los futbolistas sólo les queda la pataleta, tensar la cuerda y ponerse en rebeldía, aunque si se niegan a jugar sin causa justificada la FIFA permite a los clubes imponer una sanción de empleo y sueldo por un máximo de 4 meses.

Volviendo a España y a sus famosísimas cláusulas de rescisión, al principio el procedimiento fue del agrado de la patronal. Los clubes ponían cláusulas elevadas y los grandes equipos extranjeros tenían que rezar para que el club español de turno tuviese problemas de liquidez para poder negociar a la baja. Pero eso era antes. Ahora es el jugador el que tiene el poder, el que decide cuando y donde quiere jugar. Exige subidas de sueldo y lo consigue porque es un activo, y el club sabe que cuando un jugador está a disgusto o no juega pierde valor. El futbolista tiene poder porque es una mercancía, para lo bueno y para lo malo. Pero es una mercancía perecedera, que debe ser vendida en el momento oportuno.

El primer jugador que se acogió a su cláusula de rescisión para cambiar de equipo fue Paco Llorente, que dejó el Atlético de Madrid en 1987 para firmar por el rival merengue. Cobraba 18.000 euros anuales y el Real Madrid le ofrecía 360.000. Los blancos pagaron los 50 millones de pesetas (300.000 euros) de la cláusula y Llorente pasaba a formar parte de la historia.

Los casos no eran muy frecuentes por entonces, pero todo cambió tras la aprobación de la Ley Bosman y la libre circulación de futbolistas comunitarios. El primer gran conflicto en un cierre de mercado se produjo el 31 de agosto de 1996 cuando el Real Madrid abonó 1.200 millones de pesetas (7’2 millones de euros) al Valencia para hacerse con los servicios de Pedrag Mijatovic, una afrenta aún no olvidada en la ciudad del Turia. Al año siguiente, el FC Barcelona, a falta de escasos minutos para el cierre del mercado, enviaba un fax a la Liga y se hacía con los servicios de Rivaldo tras pagar los 4.000 millones (24 millones de euros) de su cláusula de rescisión al RC Deportivo.

En la siguiente temporada el Betis fichó a Denilson por 5.500 millones (33 millones de euros) de pesetas, y para asegurarse que ningún club grande le robase a su galáctico, el presidente del Betis, Manuel Ruiz de Lopera, con el beneplácito del centrocampista brasileño, estableció una prohibitiva cláusula de rescisión de 65.000 millones de pesetas (390 millones de euros), cifra disparatada hasta para los qataríes del PSG.

A veces ni hace falta pagar la cláusula. Ha habido algún caso que otro de futbolistas que han ido a juicio para solicitar una rebaja en el precio de la cláusula de rescisión al considerarla abusiva. Quizás el más conocido fue el del delantero internacional español Mista. Militaba en la cantera del Real Madrid cuando le ofreció un contrato el Tenerife. Como todo jugador de un equipo filial, Mista tenía un sueldo modesto y una cláusula elevada para evitar su marcha. Pleiteó y argumentó que su cláusula era desproporcionada en relación a su ficha y consiguió firmar por el Tenerife por la mitad del precio que marcaba su cláusula de rescisión.

Este verano hemos presenciado varios casos de fichajes clausísticos, como de costumbre. El más significativo es el de Kepa, que ha cambiado Bilbao por Londres tras abonar los 80 millones de euros de su cláusula, cuando hace apenas 7 meses había firmado una renovación de su contrato con un sustancial aumento de sueldo.

La tendencia general en el ideario de la mayoría de los clubes es la de eliminar las cláusulas de rescisión, lo que permitiría mayor flexibilidad para negociar. Cuando Florentino Pérez ganó las elecciones sacando a Figo del Barça, el proceso sufrió una hecatombe que se solucionó elevando las cláusulas al estilo Lopera. Los años pasaron, las aguas volvieron a su cauce y los grandes equipos volvieron a olvidarse de las cláusulas, pero el caso Neymar ha cambiado todo y ha provocado un cataclismo en el pensamiento de los mandamases de FC Barcelona, Real Madrid e incluso de otros como Atlético de Madrid o Athletic de Bilbao.

Pocos pensaban que hubiese un equipo capaz de seducir económica y deportivamente a un jugador de Barça o Madrid. El PSG lo hizo la temporada pasada y dejó sin poder de reacción al FC Barcelona tras abonar los 222 millones de la cláusula del delantero brasileño.

El debate está en si la cláusula posibilita o impide la marcha de los futbolistas. Sus defensores sostienen que marca una barrera infranqueable o al menos justa ante un traspaso. Los detractores mantienen que establece un precio de mercado que convierte en papel mojado el contrato firmado. El caso es que mientras tengamos cláusulas y cierre de mercado el 31 de agosto, tendremos diversión asegurada todos los veranos.


¿Quieres recibir un email cada vez que se publique una entrada nueva?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.